Los tributos medievales no se acabaron en la Edad Media, ni en la Edad Moderna, sino que en algunas ocasiones llegaron a intentar sobrevivir hasta casi la década de los años setenta del siglo XX.
El foro fue una figura jurídica que pervivió principalmente en el noroeste de España. Este foro imponía el pago de una pensión anual u otras contraprestaciones al dueño del foro. En un primer momento, trigo, gallinas u otros bienes servían como forma de pago, aunque con el paso del tiempo el pago en dinero se fue imponiendo. En el caso de Cembranos se conoce el pago de este impuesto desde casi la edad moderna, hasta que a finales del siglo XIX los vecinos de Cembranos se negaron al pago del impuesto, aunque los Balanzátegui vencieron el conflicto jurídico. Definitivamente, parecía que tras la llegada de la II República no tendrían que pagar más impuestos los habitantes de esta localidad.
Pero Cembranos comprobó en 1968, como su párroco Feliciano González a través de la fundación «Legado Foro de Cembranos de D. Juan Balanzátegui», interpuso una demanda judicial contra la Junta Vecinal de Cembranos y sus vecinos reclamando pensiones forales por valor de 350.000 pesetas, pendientes de cobro desde 1.954. Evidentemente, los tribunales no dieron la razón al párroco de la localidad por pleitear sobre una cuestión casi medieval.